Sala ordena que Fiscalía y Centros Penales expliquen por qué un joven deportado sigue preso en El Salvador

La Sala de lo Constitucional ha pedido explicaciones a distintas oficinas del Estado salvadoreño sobre por qué un deportado salvadoreño desde Estados Unidos está preso en Santa Ana después de pasar meses en el CECOT, tras ser enviado junto a cientos de venezolanos. La Fiscalía y Centros Penales deben responder a las consultas de un juez ejecutor.

 
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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha pedido a distintas autoridades que expliquen por qué el deportado salvadoreño Irvin Jeovanny Quintanilla García, de 24 años, ha estado preso en El Salvador desde marzo de 2025. La Sala pide a la Fiscalía General de la República, a la Dirección General de Centros Penales y al director del penal Centro Industrial de Cumplimiento de Penas y Rehabilitación de Santa Ana, la cárcel donde ha estado recluido Quintanilla, si hay alguna acusación contra él y si está pagando una pena de cárcel impuesta.

La Sala también ha pedido a la Fiscalía, a Centros Penales y a la dirección del penal de Santa Ana que envíen sus informes para defenderse y “pronunciarse sobre las vulneraciones constitucionales alegadas”. También deberán indicar, según la resolución a la que tuvo acceso El Faro, cuál es la situación jurídica de Quintanilla “respecto de su libertad física y el estado actual de su proceso”.

Quintanilla lleva casi 13 meses encarcelado en El Salvador. Fue acusado, sin que se hayan presentado pruebas, de ser criminal y en marzo fue uno de los 36 salvadoreños expulsados de Estados Unidos por la administración Trump y enviados a la megaprisión Centro de Confinamiento contra el Terrorismo (CECOT). Allá fue deportado en un procedimiento exprés, como parte de la campaña antimigrante de la administración Trump, sin que se le hubiera vencido en juicio ni acusado de delito alguno.

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Caso Irvin Quintanilla
Irvin Quintanilla García tenía 15 años de edad cuando salió del cantón El Brazo, de San Miguel Centro, hacia Estados Unidos en 2016.

Viajó en uno de tres aviones donde también iban 252 venezolanos que fueron enviados al CECOT, como parte de un acuerdo con la administración Bukele que Marco Rubio, Secretario de Estado estadounidense, reveló en noviembre de 2024. Medios estadounidenses revelaron después que Trump se comprometió a desechar cargos contra líderes de la Mara Salvatrucha-13 que están procesados en Nueva York y que pueden tener evidencia de los pactos que Bukele sostuvo con las pandillas desde 2014, cuando apenas era candidato a la Alcaldía capitalina.

Uno de los líderes de la Mara Salvatrucha 13 es César Humberto López Larios, Greñas, a quien Estados Unidos capturó en México y acusó de diversos delitos en una Corte de Nueva York. Tras su captura, la Fiscalía estadounidense, siguiendo lineamientos de la administración Trump, desechó los cargos contra él y envió a Greñas de vuelta a El Salvador. Greñas fue uno de los salvadoreños deportados junto con Quintanilla en marzo. La narrativa de los gobiernos estadounidense y salvadoreño era que, así como Greñas, todos los venezolanos eran miembros de una organización criminal y todos los salvadoreños eran pandilleros. Con el tiempo, diversos medios y organizaciones de derechos humanos demostrarían que varios de los deportados no tenían ningún récord criminal.

Quintanilla habló por última vez con su familia el 9 de marzo, en Estados Unidos. En los días siguientes sus parientes llamaron a distintas oficinas en aquel país, donde les dijeron que el joven había sido deportado a El Salvador el 15 de marzo. En mayo, la familia contrató a un abogado para pedir una exhibición personal de Quintanilla en El Salvador, un recurso legal conocido como habeas corpus, que sirve para proteger la libertad física e integridad de una persona detenida. Ese recurso no fue respondido de manera inmediata por la Sala de lo Constitucional, pero es con el que ahora está exigiendo a la Fiscalía y al resto de oficinas que respondan sobre la situación jurídica de Quintanilla.

La Sala de lo Constitucional ordenó la exhibición personal de Quintanilla el 3 de diciembre y en el documento de seis páginas notificado a la familia se explica que la intención es comprobar si existen violaciones constitucionales en la detención del joven. “La persona tiene derecho al habeas corpus cuando cualquier individuo o autoridad restrinja ilegal o arbitrariamente su libertad”, dice el artículo 11 de la Constitución. “Sean cuales fuere, que exista prisión, encierro, custodia o restricción que no esté autorizado por la ley, o que sea ejercido de un modo o en un grado no autorizado por la misma, la parte agraviada tiene derecho a ser protegida por el auto de exhibición de la persona”, dice la Ley de Procedimientos Constitucionales en el artículo 40, que regula el proceso de los habeas corpus.

La familia y su abogado plantearon en la demanda de habeas corpus que hay una violación a cuatro artículos de la Constitución, dos artículos de la Ley de Procedimientos Constitucionales, dos artículos del Código Penal salvadoreño, dos artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos, y uno del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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Caso Irvin Quintanilla
El 20 de octubre de 2025, el gobierno de Nayib Bukele informó que Irvin Quintanilla estaba bajo custodia en una cárcel del occidente de El Salvador.

Que la Sala de lo Constitucional haya decretado la exhibición personal de Quintanilla es una excepcionalidad en los últimos años. Los recursos de habeas corpus han dejado de admitirse con la frecuencia de antes del régimen de excepción, según estudios de la Fundación para el Debido Proceso DPLF. Las estadísticas muestran una grave disminución en las veces que ha sido útil en el país desde la vigencia del régimen, aprobado en marzo de 2022 por la administración Bukele. A mediados de 2022, el récord de demandas de este tipo ya se había duplicado y para diciembre se había sextuplicado. Ha sido el año con más demandas de exhibición personal en 30 años. En 2023, solo el 0.3 % de las 3,056 demandas se admitió y solo en cuatro casos hubo sentencia favorable (0.13 % del total de demandas). Hasta febrero de 2024 -última fecha con estadísticas oficiales disponibles- el resultado era similar.

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El régimen ha provocado la detención de 90,600 personas hasta diciembre de 2025, según información oficial, muchas de ellas sin pertenecer a pandillas y bajo acusaciones como haber mostrado “nerviosismo” frente a algún policía o soldado. Todos los procesos judiciales contra los capturados han sido decretados secretos.

Lo que ayuda a entender que la Sala de lo Constitucional resolviera a favor de Quintanilla es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, D.C., Estados Unidos, ordenó medidas judiciales de protección a su favor, a inicios de octubre de 2025, después de meses en los que la familia lo consideró desaparecido. “Yo lo que quiero saber es dónde me lo tienen y por qué me lo tienen detenido, ¿por qué tendría que estar preso aquí en El Salvador?”, dijo en esos días Sonia García, su madre.

Las medidas cautelares obligaron al Estado a reconocer el 20 de octubre que Quintanilla estaba en el Centro Industrial de Cumplimiento de Penas y Rehabilitación de Santa Ana, después de un tiempo de haber estado en el CECOT junto con los venezolanos. En julio, estos últimos fueron enviados a Venezuela, pero los salvadoreños quedaron recluidos en el CECOT sin explicación.

Las autoridades demandadas y que deben rendir informe son: la Fiscalía, dirigida por Rodolfo Delgado desde el 1 de mayo de 2021, el funcionario impuesto de manera irregular por los diputados de Bukele, del partido Nuevas Ideas; también Osiris Luna Meza, el director de Centros Penales, que ha sido sancionado por distintas entidades estadounidenses por casos de corrupción; y Samuel Díaz, director de la cárcel de Santa Ana. Ahí es donde también estuvo recluido Kilmar Ábrego, un salvadoreño deportado a El Salvador por en marzo y que se convirtió en símbolo de esos deportados luego de que una Corte estadounidense ordenara que fuera devuelto a Estados Unidos.

No se sabe el plazo que tienen las autoridades para responder a la exigencia de la Sala, pues primero se debe nombrar un juez ejecutor, que es el encargado de ir y hacer las consultas a las instancias demandadas, en este caso la Fiscalía y las cárceles. La Sala no tiene un plazo para nombrarlo. El resto de etapas del proceso sí tiene un calendario más expedito y podría resolverse en una semana. La Ley de Procedimientos Constitucionales dice que el juez ejecutor, una vez nombrado, debe hacer las pesquisas dentro de las primeras 24 horas. A partir de ahí, las autoridades deben responder y emitir informes en un plazo máximo de una semana.

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Caso Irvin Quintanilla
La Fiscalía dirigida por Rodolfo Delgado es una de las instituciones a las que la Sala ha pedido explicaciones. También la Dirección de Centros Penales, dirigida por Osiris Luna, funcionario que no ha aparecido en público desde hace meses.

La ley salvadoreña establece que cuando el juez ejecutor encuentra que la persona está bajo una restricción ilegal debe notificarlo a la Sala y esta debe ordenar su liberación o ponerlo bajo tutela del juez. Es decir, la Ley de Procedimientos Constitucionales establece un procedimiento cuando hay una investigación de la Fiscalía o una acusación formal contra la persona, pero no dice nada respecto de casos como el de Quintanilla, en el que su encarcelamiento responde a un acuerdo político del más alto nivel entre dos gobiernos.

El caso de Quintanilla es sui géneris porque hasta la fecha la familia desconoce si hay una acusación en El Salvador contra él.

La respuesta de la Fiscalía o Centros Penales será clave para entender las razones por las cuales Quintanilla sigue detenido después de casi 13 meses de su deportación.

El juez deberá, según la resolución a la que tuvo acceso El Faro, “verificar en los expedientes administrativo y/o penitenciario” de Quintanilla “i) si ha sido presentado requerimiento fiscal en su contra, ante cuál autoridad judicial y por qué delito; ii) si se encuentra en detención provisional o ha comenzado a cumplir pena de prisión, en qué centro de reclusión o si fue puesto en libertad y, si fuese así, a partir de qué fecha; iii) instructivo, reglamento o acuerdo que describa cuál es el procedimiento general y condiciones de tiempo, lugar y forma para que los abogados y familiares se comuniquen con los detenidos que están recluidos en el antes relacionado centro de detención; iv) en libro de control de ingresos o cualquier otro registro donde conste solicitud del abogado defensor del favorecido de ingresar al recinto, ubicando, de ser posible, fechas y horas de las visitas, su duración y las condiciones en que se realizaron…”

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Caso Irvin Quintanilla
La Sala también ha pedido respuestas a la Dirección de Centros Penales de por qué Quintanilla sigue en una cárcel salvadoreña después de 13 meses de haber sido deportado.
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